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CIUDAD DE MÉXICO, 4 de septiembre de 2019.- Después de varios días de discusión y desencuentros en el Pleno de la Cámara de Diputados, por fin este miércoles en la continuación de la sesión del martes, los legisladores avalaron en lo general y particular en los artículos reservados, modificaciones a los artículos 17 y 51 de Ley Orgánica del Congreso de la Unión referente a la integración de la Mesa Directiva.
En lo referente a la presidencia de la Mesa Directiva, estas modificaciones a la Ley Orgánica entrarán en vigor a partir del 2021, es decir, hasta la 65 Legislatura, por lo que no beneficiará de forma alguna al actual grupo mayoritario en la Cámara de Diputados, que es Morena.
La iniciativa que, fue la discordia entre la oposición, principalmente el PAN, contra Morena y sus aliados, propone que la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados se distribuya entre los cuatro grupos parlamentarios con mayor representación.
Donde el grupo que tenga mayoría absoluta, es decir, 250 diputados más uno, presida la Mesa durante el primer año y medio de la Legislatura, mientras que el otro año y medio se distribuya en periodos de seis meses entre las siguientes tres fuerzas políticas.
También se establece que, si no existe una mayoría absoluta, la rotación de la Mesa Directiva será entre las tres principales fuerzas políticas con duración de un año cada una.
También se realizó una modificación para que en la integración de la Mesa Directiva haya una cuarta vicepresidencia del grupo parlamentario que, por lógica, sea la cuarta fuerza legislativa.
Otra modificación que se propuso, es el cambio del director Jurídico para que no sea del mismo partido que el presidente de la Mesa Directiva y así evitar un conflicto de intereses, lo cual, proponen entre en vigor inmediatamente.
La iniciativa de modificación a la Ley del Congreso fue presentada por la Junta de Coordinación Política (Jucopo) con una adenda que contiene cinco artículos transitorios, la cual se avaló, primero en lo general y particular en los artículos no reservados, por 309 votos a favor, 115 en contra y 10 abstenciones.
Posteriormente, en lo particular se presentó una propuesta del PT para agregar un artículo sexto transitorio para que la modificación respecto a la inclusión de una cuarta vicepresidencia, entre en vigor el mismo día que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Ya en lo particular y con la propuesta del PT aceptada, la iniciativa se avaló por 331 votos a favor y 108 en contra.
La adenda originalmente presentada por la Jucopo, incluía los siguientes cinco artículos transitorios:
Primero. El presente decreto entrará en vigor el 15 de agosto de 2021, sin perjuicio de lo dispuesto en los siguientes transitorios.
Segundo. La reforma al numeral 8 del artículo 17 entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Tercero. La reforma al numeral 3 del artículo 51 entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Cuarto. Los integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados electos en la LXIV Legislatura durarán en su cargo un año, pudiendo ser reelectos.
Quinto. El Congreso de la Unión deberá emitir una reforma integral al marco jurídico que rige la organización y funcionamiento de la Cámara de Diputados, en un plazo de 60 días naturales contados a partir de la publicación del presente decreto.